El visado acredita la identidad y habilitación del arquitecto, lo reconoce como autor de los trabajos profesionales visados y comprueba la corrección formal e integridad documental de los mismos: proyectos, direcciones de obra, documentos, estudios, planes, programas, certificaciones, actas, instrucciones, certificados, dictámenes e informes.
La Ley obliga a visar los proyectos de ejecución de edificación y la legalización de obras de edificación, así como las demoliciones que no requieran el uso de explosivos, exceptuando los trabajos realizados para la Administración Pública. En el resto de supuestos, el visado tiene carácter voluntario.
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Francisco Torrecillas Torres
Jefe Dpto. de Visado
Cristina Jiménez Felices
Arquitecta de Visado
José Luis Guillén Salmerón
Arquitecto de Visado