Modificación del Reglamento contra la Contaminación Acústica en Andalucía 

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El pasado día 9 de junio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto-ley 15/2020, de carácter extraordinario y urgente con medidas dirigidas, entre otros, al sector del turismo, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

El citado Decreto-ley incluye una Disposición Final Tercera, mediante la que se modifica el Reglamento contra la Contaminación Acústica en Andalucía, aprobado mediante el Decreto 6/2012, añadiendo una nueva Instrucción Técnica IT 8, titulada Metodología para la evaluación del cumplimiento de los objetivos de calidad acústica en el interior de las edificaciones próximas a terrazas y veladores, previa al inicio de la actividad.

Las directrices aprobadas en esta Instrucción Técnica serán aplicables en el interior de las edificaciones próximas a establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento provistos de terrazas y veladores.

Con carácter previo al inicio de la actividad se realizará un análisis acústico para determinar los niveles de inmisión de ruido en la fachada o fachadas más expuestas al ruido previsto por la instalación de terraza y veladores.

Los niveles de ruido se determinarán teniendo en cuenta el número y ubicación de los veladores, considerando la conversación de las personas que los ocupan, y aplicando factores de atenuación de directividad y distancia, al menos. En el caso de instalación en la terraza de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales, o se lleven a cabo actuaciones en directo, estos serán considerado como fuentes de ruido y se sumarán al generado por los veladores.

El nivel de inmisión de ruido en el interior se determinará mediante la diferencia aritmética entre el nivel de inmisión de ruido en la fachada y el aislamiento de la misma.

Se consideran que se cumplen los objetivos de calidad acústica en el espacio interior cuando los valores obtenidos no superen en 3 o más dBA los recogidos en la tabla IV del Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, de acuerdo al uso de local y tipo de recinto.

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Aún siendo conscientes de que la problemática que generan las terrazas y veladores respecto de la contaminación acústica no se podrá resolver mediante este análisis previo, desde el CAT Almería se ha elaborado una sencilla hoja de cálculo que puede servir como aproximación a este análisis. Los arquitectos colegiados interesados en obtenerla pueden solicitarla al CAT del Colegio de Arquitectos de Almería.

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