ABIERTO PLAZO DE SOLICITUD SUBVENCIÓN PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

 

El plazo de presentación de solicitudes de subvención para la Rehabilitación de Edificios y Viviendas es de un mes, empezando hoy 2 de julio y finalizando el 1 de agosto.

 

En la web de la Consejería se han publicado los modelos pdf rellenables, así como los modelos de informe técnico, declaraciones responsables, etc.

 

Más información pinchar aquí.

Programas de Rehabilitación de Viviendas y Edificios NOTA ACLARATORIA

 

En relación con los Informes Técnicos que deben acompañar a las solicitudes de subvención de los Programas de Rehabilitación de Viviendas y Edificios, se observan en las primeras solicitudes que nos están entrando, que algunos Informes Técnicos se limitan a describir las obras que se van a realizar, sin justificar la necesidad de las mismas.

 

El Informe Técnico tiene que justificar la necesidad de las actuaciones a realizar en la vivienda. Así viene recogido en las Bases Reguladoras, aprobadas por la Orden de 14 de enero de 2019 (BOJA Num.12 de 18 de enero de 2019).

 

Aquellas obras que no vengan justificadas en el Informe Técnico Previo no podrán ser subvencionadas.

 

NOTAS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD

 

Apartado 4 (Resumen del Presupuesto) del Anexo I

 

Se debe cumplimentar tanto la columna de Coste Total de actuación como de Coste Subvencionable de la Actuación, y por supuesto la fila de los sumatorios finales (Coste Total subvencionable).

 

Lo ideal es tener ya los presupuestos para poder poner las cantidades correctas. Sino se tienen los presupuestos, se deberán poner cantidades estimadas (recomendable que las de el Técnico), pero hay que tener en cuenta que si después, con el Anexo II, se presenta un presupuesto de cuantía mayor, la subvención se calculará con los importes que se han puesto en la solicitud.Se recomienda rellenar la solicitud con los presupuestos desglosados delante.

 

Se ponen cantidades sin IVA.

 

La columna “Coste Subvencionable de la Actuación”, no se refiere a la subvención que le va a corresponder. Muchas personas están poniendo ahí el 40% o el 75% según consideran. Eso es erróneo. En dicha columna hay que poner la coste de las obras que son subvencionables, es decir, será la misma cantidad que en la casilla anterior (Coste Total de la

actuación) salvo que se hagan obras que no sean subvencionables según las bases reguladoras. Ante la duda, se recomienda que se repita la cantidad de la casilla anterior (coste total de la actuación) y ya la Delegación Territorial ajusta a la baja la cantidad si procede. Se debe tener en cuenta que a la cantidad que se ponga en las casillas de “Coste Subvencionable de la Actuación”, es a las que luego se le aplica el % que corresponda para llegar al importe de la subvención.

 

En los Informes Técnicos la firma debe ser manual (manuscrita) o bien firma electrónica realizada con certificado digital, pero en ningún caso es válido estampar la imagen de una firma escaneada. Me consta y así lo estoy viendo que es práctica habitual en los Técnicos tener su firma escaneada y luego estampar dicha imagen en los documentos que realizan.

Esa práctica no es correcta o por lo menos nosotros no podemos darla por válida en los términos del artículo 10 de la Ley 39/2015, pues no permite acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, ni la integridad e inalterabilidad del documento (cualquiera puede escanear su firma y estamparla en un documento).

 

AMPLIACIÓN PLAZO PRESENTACIÓN ANEXO II

 

Ampliación plazo de presentación del Anexo II, finalizando el miércoles 16 de octubre

 

https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/servicios/procedimientos/detalle/16480/seguimiento.html

 

El plazo por tanto se amplía 5 días hábiles, finalizando el próximo miércoles 16 de octubre.

 

Jesus Casado Pastor

Jefe de Servicio de Rehabilitación y Arquitectura Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio Delegación Territorial en Almería

Tfno: 950 011171 (711171)

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