DECRETO LEY DE SIMPLIFICACION DE NORMAS EN MATERIA DE ENERGIA Y FOMENTO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES EN ANDALUCÍA

 

El BOJA número 127 de 3 de julio de 2018 ha publicado el Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía que implica cambios importantes en materia de eficiencia energética de edificios y cuya entrada en vigor se produce al día siguiente de su publicación.

Como medida de simplificación y considerando el desarrollo normativo a nivel estatal, se deroga el Decreto 169/2011, salvo el artículo 30º relativo al registro de certificados de eficiencia energética. Las consecuencias directas de esta simplificación pueden resumirse en los siguientes puntos:

  • La normativa de referencia en materia de certificación de eficiencia

energética en la edificación pasa a ser el Real Decreto 235/2013.

  • Se elimina el modelo de Certificado Energético Andaluz. El Decreto-ley

expone la necesidad de eliminar duplicidad de trámites en un contexto en el que existe un distintivo común para todo el territorio nacional, por lo que deja de ser necesaria su inclusión en los proyectos, aunque sí tendrán que incorporar el modelo certificado energético, definido por el Ministerio de Industria como documento reconocido.

  • Desaparece la obligación de obtener una calificación “D” en edificios

de nueva construcción, aunque desde las modificaciones del documento básico DB-HE “Ahorro de energía” en 2013, esa calificación era superada por la mayoría de los edificios proyectados. Por lo tanto, deja de ser una condición para la expedición de licencias de ocupación o de utilización de edificios como medida administrativa.

  • Desaparece la obligación de garantizar una contribución solar para ACS

del 70%, valor que superaba en muchas ocasiones al establecido en el propio Código Técnico de la Edificación (ver Tabla 2.1. Contribución solar mínima anual para ACS en % de DB-HE4)

  • Se elimina lo obligación de elaborar, en determinados casos, el Plan

de Gestión de Energía, entendiendo que su cometido queda sobradamente cubierto con las exigencias establecidas a través del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de

2012 relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

  • Queda derogada la prohibición de suministros por parte de las empresas

suministradoras de productos energéticos en los casos en los que no se presentara el Certificado Energético Andaluz o el Certificado de Exención.

Con la publicación del Decreto-ley 272018, 1uedan derogadas las siguientes disposiciones:

  • Los artículos 26 y 27 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de

las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

  • El Decreto 169/2011, de 31 de mayo, por el que se aprueba el

Reglamento de Fomento de las Energías Renovables, el Ahorro y la Eficiencia Energética, excepto el artículo 30, relativo al Registro de Certificados, que mantendrá su vigencia.

  • El Decreto 50/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan los

procedimientos administrativos referidos a las instalaciones de energía solar fotovoltaica emplazadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, excepto el artículo 5 y la disposición adicional segunda, relativos a atribución de competencias, que mantendrán su vigencia

 

Enlace BOJA

CAT / COA Málaga

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